Si estás por contratar guardias de seguridad —para tu empresa, condominio u obra— hay una sigla que aparecerá en cada conversación: OS-10. Entender qué significa, qué acredita y cómo verificarla es la herramienta más simple que tienes para distinguir un servicio de seguridad serio de uno informal. Esta guía lo explica en lenguaje directo, incluyendo lo que cambió con la nueva Ley 21.659.

Qué es el OS-10

OS-10 es el nombre con que se conoce al Departamento de Seguridad Privada de Carabineros de Chile, el organismo que históricamente ha autorizado, registrado y fiscalizado a las personas y empresas que ejercen actividades de seguridad privada en el país. Cuando se dice que un guardia «tiene OS-10», significa que está acreditado para desempeñarse en labores de vigilancia: aprobó el curso de formación exigido y cuenta con su credencial vigente.

La acreditación no es un trámite decorativo: es el requisito legal para ejercer como guardia de seguridad, nochero, portero o vigilante privado en Chile. Un «guardia» sin acreditación es, ante la ley, una persona sin habilitación cumpliendo funciones que no puede cumplir — con todas las consecuencias que eso implica para quien lo contrata.

Lo que cambió: la Ley 21.659 y la nueva institucionalidad

Desde el 28 de noviembre de 2025 está vigente la Ley 21.659 de Seguridad Privada, que moderniza todo el sistema. Bajo el nuevo marco, la Subsecretaría de Prevención del Delito asume el rol regulador —autoriza a empresas y personas, moderniza los procesos de certificación de guardias y vigilantes, y administra el nuevo Registro de Seguridad Privada— mientras Carabineros mantiene el rol de autoridad fiscalizadora en terreno. La transición es gradual, pero la exigencia de fondo no cambia: solo puede ejercer labores de seguridad quien esté debidamente acreditado y vigente. Explicamos el detalle de la nueva ley en nuestra guía de la Ley 21.659 para empresas y comunidades.

Quiénes deben acreditarse

La exigencia alcanza a todo el personal que cumple funciones de seguridad privada: guardias de seguridad de instalaciones, nocheros, porteros con funciones de control con fines de seguridad, y vigilantes privados (una categoría distinta, autorizada para portar armamento en entidades específicas que la ley obliga a tener seguridad, como bancos). También las empresas que prestan estos servicios deben estar autorizadas y registradas ante la autoridad.

Cómo se obtiene la acreditación

El guardia debe aprobar un curso de formación en seguridad privada impartido por una entidad capacitadora autorizada, que cubre materias como marco legal, procedimientos de control, prevención de riesgos y primeros auxilios. Aprobado el curso, se tramita la credencial ante la autoridad competente. La nueva ley eleva los estándares de formación y clasifica las funciones según nivel de riesgo. La credencial tiene vigencia limitada y debe renovarse, por lo que «tener OS-10» no es un estado permanente: hay que verificar que esté vigente.

Cómo verificar que un guardia o una empresa están acreditados

Como contratante, tienes derecho a exigir y verificar tres cosas. Primero, la credencial individual de cada guardia asignado a tu instalación, revisando nombre, RUT y fecha de vigencia. Segundo, la autorización de la empresa para prestar servicios de seguridad privada — cuando el nuevo Registro de Seguridad Privada esté plenamente operativo, esta verificación será una consulta directa. Tercero, la consistencia laboral: que los guardias sean trabajadores contratados por la empresa que te presta el servicio, y no personal subcontratado de terceros — la subcontratación en cadena es la forma más común en que servicios informales aparentan cumplir la norma. En Alto Guardian operamos con dotación 100% propia precisamente para que esa trazabilidad sea directa.

Por qué esto importa al momento de cotizar

Cuando compares propuestas de seguridad, la acreditación explica buena parte de las diferencias de precio: formar, acreditar y mantener vigente a un equipo de guardias tiene un costo que los servicios informales simplemente no pagan — y la Ley 21.659 amplió esa brecha al sumar exigencias de protección del personal, coordinación con las policías y reportería. Una cotización notoriamente más barata suele significar personal sin acreditar, subcontratado o sin reemplazos garantizados. Si administras un condominio, revisa también las responsabilidades que recaen sobre el comité de administración. Puedes revisar cómo estructuramos nuestros servicios de guardias de seguridad o solicitar una cotización con verificación documental incluida.

Preguntas frecuentes

¿OS-10 es un curso o una institución?

Es la denominación del departamento de Carabineros que históricamente ha regulado la seguridad privada. Coloquialmente se usa «curso OS-10» para referirse al curso de formación exigido y «tener OS-10» para referirse a estar acreditado. Con la Ley 21.659, la certificación se moderniza bajo la Subsecretaría de Prevención del Delito, pero el nombre OS-10 sigue siendo el estándar con que el mercado se refiere a la acreditación.

¿Un guardia con curso aprobado pero credencial vencida puede trabajar?

No. La habilitación exige credencial vigente. Parte de la supervisión que una empresa seria realiza es controlar los vencimientos y gestionar las renovaciones de su dotación antes de que ocurran.

¿Guardia de seguridad y vigilante privado son lo mismo?

No. El vigilante privado es una figura distinta, autorizada para portar armas y obligatoria solo en ciertas entidades definidas por ley. Los guardias de seguridad —los que protegen condominios, empresas, obras y comercio— no portan armas y se rigen por su propia normativa de acreditación.

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